La Dirección General de Educación ha presentado el calendario para el curso escolar 2016-2017 en el que se fija la fecha del 9 de septiembre para el comienzo de las clases en el segundo ciclo de Infantil y Primaria y el final el 23 de junio de 2017, según se recoge en el Boletín Oficial de La Rioja.
Junto con el calendario de Educación Infantil y
Primaria, Educación Obligatoria y Educación Especial, la resolución
también detalla que los centros de Educación Secundaria empezarán su
actividad lectiva el 12 de septiembre y acabarán el curso el 26 de junio
de 2017.
El 12 de septiembre será también la fecha de
comienzo del curso de los alumnos matriculados en el segundo curso de
los ciclos formativos de Grado Medio, Grado Superior y Formación
Profesional Básica, mientras que los de primero lo harán una semana más
tarde, el 19 de septiembre. En ambos casos el curso terminará el 24 de
septiembre.
Además, los alumnos de Educación Secundaria que
no hayan superado todas las materias en la evaluación final ordinaria
del presente curso podrán someterse a las pruebas de evaluación
extraordinaria durante los tres primeros días hábiles de septiembre.
Por otra parte, los centros determinarán el
calendario lectivo de los meses de mayo y junio para los alumnos de 2º
de Bachillerato teniendo en cuenta las fechas en las que se celebren las
pruebas de evaluación final. Aquellos que no hayan superado todas las
materias podrán realizar las pruebas extraordinarias durante la segunda
quincena de junio.
Vacaciones escolares
Las vacaciones escolares de Navidad transcurrirán
entre el 26 de diciembre de este año y el 6 de enero de 2017, mientras
que en Semana Santa el periodo sin clase comprenderá del 13 al el 21 de
abril de 2017.
Se consideran festivos el 12 de octubre, Fiesta
Nacional de España; 1 de noviembre, Todos los Santos; 6 de diciembre,
Día de la Constitución Española; el 8 de diciembre, Inmaculada
Concepción; 24 de febrero de 2017, Día de la Comunidad Educativa; 1 de
mayo de 2017, Día del Trabajo, y 9 de junio de 2017, Día de La Rioja.
Los ayuntamientos dispondrán de hasta dos días
para fiestas de carácter local y los Consejos Escolares Municipales o,
en su defecto, los Ayuntamientos a propuesta de los Consejos Escolares
de los centros educativos del municipio, deberán fijar otras cinco.
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